Se determina que los equipos de trabajo se reducirán al número imprescindible de personas y cuando sea posible, se mantendrá la correspondiente distancia interpersonal y se usarán equipos de protección adecuados

Este 11 de mayo de 2020 supone un punto de inflexión para la industria audiovisual porque es el día en el que está permitido reiniciar los rodajes en aquellos territorios que hayan pasado a la Fase 1. El BOE ha publicado la orden del ministro de Sanidad, realizada en base a los protocolos propuestos por el Ministerio de Cultura y Deporte. En ella se recogen las normas básicas de protección para las actividades afectadas en este nuevo pasado del plan de desescalada. Las medidas son bastante generales y deberán ser adaptadas por cada producción.

Además del cumplimiento de las medidas generales de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias, se determina que los equipos de trabajo se reducirán al número imprescindible de personas. Cuando sea posible, se mantendrá la correspondiente distancia interpersonal y se usarán equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

Si no se puede respetar la distancia interpersonal, los implicados harán uso de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo como medida de protección. Si no es posible respetar la distancia interpersonal ni el uso de equipos de protección, como es el caso de los actores y actrices, se atenderá a medidas de seguridad diseñadas para cada caso particular a partir de las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

Se establecerán recomendaciones para que el traslado a los espacios de trabajo y rodaje se realicen con el menor riesgo posible, y los trabajadores informarán de los medios de transporte que emplearán en cada caso.

En relación al maquillaje, peluquería y vestuario, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo que asegure la protección tanto del trabajador como del artista, debiendo asegurar el mantenimiento de la distancia de dos metros entre los artistas y la desinfección de los materiales después de cada uso. Las prendas serán higienizadas antes que sean facilitadas a otras personas.

Es posible realizar rodajes en platós y espacios privados, así como en espacios públicos que cuenten con la correspondiente autorización de los ayuntamientos. Los recintos cerrados deberán limpiarse y desinfectarse previamente a la realización del rodaje. Se podrá rodar en platós y espacios privados al aire libre tras la evaluación de riesgos laborales y la adopción las medidas preventivas correspondientes. Los rodajes en los que no haya una interacción física directa que implique contacto de actores y actrices se podrán iniciar conforme a lo dispuesto en las medidas generales de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

Se instalarán elementos de señalización, carteles informativos con medidas de higiene y cualquier otro mensaje que se estime adecuado para garantizar el cumplimiento de las medidas de higiene y prevención. La productora deberá poner a disposición de los integrantes de la producción los elementos de prevención adecuados para el correcto desarrollo de su trabajo. Cuando sea posible, se señalará con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización la distancia de seguridad interpersonal mínima.